El 23 de julio de 1910, siendo Alcalde de Castellar Mariano Crespo Sanjuán, en consecuencia con el acuerdo de la sesión extraordinaria del día 3-7-1910, y llegado a un acuerdo con el Sr. Eduardo Segura González, se adquiere en propiedad las aguas del ALGAR y se extiende e correspondiente contrato de compra que a continuación se detalla con las siguientes condiciones:
1º.- El Ayuntamiento desde este momento entrará en posesión y adquirirá el pleno dominio sobre el nacimiento de las aguas del sitio "El Algar" propiedad de D. Eduardo Segura González.
2º.- El precio de este contrato será de 6.075 Ptas. abonadas por este Municipio en tres anualidades que empezarán a contarse en 1.911 y sin interrupción en los presupuestos sucesivos se harán las oportunas consignaciones para sufragar esta atención.
3º.- El propietario D. Eduardo Segura González desde este fecha cede a perpetuidad a favor de este Ayuntamiento el nacimiento de las aguas dichas renunciando a los derechos que sobre él a tenido hasta la fecha.
4º.- El Ayuntamiento en todo tiempo y ocasión tendrá derecho y sin limitación de ningún genero a ejecutar las obras qe crea necesarias para aumentar o conservar el caudal de las aguas y únicamente quedará obligado a indemnizar al propietario los perjuicios que se le ocasionen en las labores y sembrados que existieran en la finca y fueren perjudicados por este motivo.
La Corporación por unanimidad aceptó el contrato como bueno estando presente el propietario D. Eduardo Segura González también le prestó su aprobación.
8-12-1912.- ENAJENACION DE LAS AGUAS SOBRANTES DEL LAVADERO PUBLICO "La Canaleta".
Dada cuenta de la autorización concedida por el Gobierno Civil de esta Provincia con fecha 2 del actual para llevar a cabo sin subasta la enajenación de las aguas sobrantes del Lavadero público "La Canaleta" que proceden del Algar y de la proposición que a tal efecto hace D. Mariano Sanjuán Moreno ofeciendo 750 Ptas. por dichas aguas, la Corporación por unanimidad acordó enajenarlas en este precio y autorizar al Sr. Alcalde D. Mariano Crespo Sanjuán para que en nombre y representación de este Municipio otorgue escritura Pública de venta a D. Mariano Sanjuán Moreno.